El reglamento modificado del IGV define algunos conceptos sobre la emisión de comprobantes.
Especialista afirma que reglamento puede crear efecto retroactivo para emisión de comprobantes.
El Ministerio de Economía y Finanzas publicó una serie de modificaciones al reglamento del Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para disminuir la posibilidad de evasión y elusión tributaria.
La norma precisa que serán gravados por el IGV, entre otras operaciones, la venta en el país de bienes muebles que se realicen en cualquier etapa del ciclo de producción o distribución. En esta venta se incluye aquellos muebles cuya inscripción, matrícula o patente ha sido efectuada dentro del país, aun cuando la venta se produzca fuera de las fronteras. En cuanto al arrendamiento de naves y aeronaves, prestados por personas domiciliadas en el exterior y que son utilizados dentro del país, se gravará el IGV sobre el 60% de dicho servicio prestado.
Asimismo, se define los conceptos de comprobante de pago falso, no fidedigno, aquel que no reúne los requisitos legales y los emitidos por contribuyentes no habilitados. Indica también los requisitos para uso de las transferencias de fondos, cheques y órdenes de pago.
El gerente de servicios tributarios de PricewaterhouseCoopers, Álvaro Tuesta, dice que se formalizan varios cambios realizados anteriormente, y se aumentan las formalidades tributarias a cumplir.
Efecto retroactivo
Sin embargo, Tuesta alertó que este reglamento puede crear un efecto retroactivo en referencia a la fecha en que se emite un comprobante de pago. "Lo grave de la norma es que en su primera disposición final señala que la fecha de emisión es interpretativa y que se aplica desde marzo del 2004" (cuando se modificó la ley del IGV e ISC, por el DL 950), destacó el especialista.
Indicó que lo que se pretendería es adelantar el nacimiento de la obligación tributaria, pero eso no puede suponer que la norma pueda regir con anterioridad. "Es cierto que había un problema, ya que si no se emitía un comprobante, no existía obligación de pagar el IGV, pero eso no implica que sea aplicable desde meses atrás", precisó.
Según otro informe de Sunat al mes de agosto el número de contribuyentes inscritos en el Régimen Único del Contribuyente (RUC) fue 3 millones 169, 043, cifra que representa un crecimiento de 1,1% respecto del stock de contribuyentes de julio y un incremento de 11,9%, respecto a similar mes del 2004.
De ellos, 3 millones 152 mil son medianos y pequeños contribuyentes (mepecos). Dentro de los mepecos, 312 mil están comprendidos en el Régimen Unico Simplificado (RUS) y 2 millones 174 mil son profesionales independientes quienes han experimentado un crecimiento de 1.1% en relación a julio, pero de 12.8% en relación a agosto del 2004,
Pasos para formalizarse ante la SUNAT
Si usted tiene una bodega, una peluquería o se desempeña como electricista o gasfitero y decidió formalizar su negocio como persona natural, deberá acogerse al nuevo Régimen Único Simplificado (RUS) de la Sunat. La idea de este sistema es facilitar los pagos de las pequeñas empresas dedicadas a actividades de comercio, industria, servicios u oficios (rentas de tercera categoría).
REQUISITOS:
Ingresos brutos de hasta S/. 80 mil en alguno de los períodos de cuatro meses que establece la Sunat durante el año.
No más de cinco personas involucradas con la actividad, incluido el dueño. Quienes desarrollan un oficio no pueden tener personal a su cargo.
El precio unitario de los productos que vende no debe superar los S/.500.
Su consumo de servicio telefónico no debe exceder los S/.4 mil en un cuatrimestre.
El total de adquisiciones no puede superar los S/. 80 mil (actividades de comercio y/o industria) o los S/. 40 mil (servicios y/u oficios).
DOCUMENTOS
Cada año, los contribuyentes deberán incorporarse al nuevo RUS con el pago de la cuota correspondiente. Los comprobantes de pago que podrá emitir mediante este sistema son las boletas de venta. Antes deberá solicitar autorización presentando el formulario N° 816 (autorización de impresión a través de Sunat), a través de cualquier imprenta autorizada y conectada al sistema de operaciones en línea.
También podrá emitir tickets o cintas de máquina registradoras, siempre y cuando no se utilicen para ejercer el derecho a crédito fiscal ni para sustentar gastos o costos con efectos tributarios.
En este régimen no hay obligación de llevar libros contables, pero los comprobantes de pago que sustentan el crédito deducible deben estar organizados. Se debe considerar que si se tiene trabajadores dependientes, deberá llevar un libro de planillas de sueldos y salarios.
VENTAJAS
Ubicará a su empresa en una categoría tributaria de acuerdo con su realidad económica.
No hay obligación de llevar libros contables.
Tampoco está obligado a declarar o pagar el Impuesto a la Renta ni el IGV.
Permite realizar el pago sin formularios, a través del sistema Pago Fácil, en las agencias del Banco de la Nación, Wiese e Interbank.
OTROS CASOS
Si usted se dedica exclusivamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas, entre otros, en un mercado, y sus ingresos en un cuatrimestre no superan los S/.14 mil, podrá acogerse a la categoría especial del nuevo RUS, en el cual no se exige presentar declaraciones ni efectuar pagos mensuales.
El contribuyente puede acogerse presentando el Formulario N° 2004 (comunicación de ubicación en la categoría especial del Nuevo Régimen Único Simplificado) en las agencias y bancos autorizados por la Sunat.
Obtenga más información en las agencias de la Sunat o en el portal de internet de esta
entidad: www.sunat.gob.pe También en la central de consultas al 0-800-12-100.
Especialista afirma que reglamento puede crear efecto retroactivo para emisión de comprobantes.
El Ministerio de Economía y Finanzas publicó una serie de modificaciones al reglamento del Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para disminuir la posibilidad de evasión y elusión tributaria.
La norma precisa que serán gravados por el IGV, entre otras operaciones, la venta en el país de bienes muebles que se realicen en cualquier etapa del ciclo de producción o distribución. En esta venta se incluye aquellos muebles cuya inscripción, matrícula o patente ha sido efectuada dentro del país, aun cuando la venta se produzca fuera de las fronteras. En cuanto al arrendamiento de naves y aeronaves, prestados por personas domiciliadas en el exterior y que son utilizados dentro del país, se gravará el IGV sobre el 60% de dicho servicio prestado.
Asimismo, se define los conceptos de comprobante de pago falso, no fidedigno, aquel que no reúne los requisitos legales y los emitidos por contribuyentes no habilitados. Indica también los requisitos para uso de las transferencias de fondos, cheques y órdenes de pago.
El gerente de servicios tributarios de PricewaterhouseCoopers, Álvaro Tuesta, dice que se formalizan varios cambios realizados anteriormente, y se aumentan las formalidades tributarias a cumplir.
Efecto retroactivo
Sin embargo, Tuesta alertó que este reglamento puede crear un efecto retroactivo en referencia a la fecha en que se emite un comprobante de pago. "Lo grave de la norma es que en su primera disposición final señala que la fecha de emisión es interpretativa y que se aplica desde marzo del 2004" (cuando se modificó la ley del IGV e ISC, por el DL 950), destacó el especialista.
Indicó que lo que se pretendería es adelantar el nacimiento de la obligación tributaria, pero eso no puede suponer que la norma pueda regir con anterioridad. "Es cierto que había un problema, ya que si no se emitía un comprobante, no existía obligación de pagar el IGV, pero eso no implica que sea aplicable desde meses atrás", precisó.
Según otro informe de Sunat al mes de agosto el número de contribuyentes inscritos en el Régimen Único del Contribuyente (RUC) fue 3 millones 169, 043, cifra que representa un crecimiento de 1,1% respecto del stock de contribuyentes de julio y un incremento de 11,9%, respecto a similar mes del 2004.
De ellos, 3 millones 152 mil son medianos y pequeños contribuyentes (mepecos). Dentro de los mepecos, 312 mil están comprendidos en el Régimen Unico Simplificado (RUS) y 2 millones 174 mil son profesionales independientes quienes han experimentado un crecimiento de 1.1% en relación a julio, pero de 12.8% en relación a agosto del 2004,
Pasos para formalizarse ante la SUNAT
Si usted tiene una bodega, una peluquería o se desempeña como electricista o gasfitero y decidió formalizar su negocio como persona natural, deberá acogerse al nuevo Régimen Único Simplificado (RUS) de la Sunat. La idea de este sistema es facilitar los pagos de las pequeñas empresas dedicadas a actividades de comercio, industria, servicios u oficios (rentas de tercera categoría).
REQUISITOS:
Ingresos brutos de hasta S/. 80 mil en alguno de los períodos de cuatro meses que establece la Sunat durante el año.
No más de cinco personas involucradas con la actividad, incluido el dueño. Quienes desarrollan un oficio no pueden tener personal a su cargo.
El precio unitario de los productos que vende no debe superar los S/.500.
Su consumo de servicio telefónico no debe exceder los S/.4 mil en un cuatrimestre.
El total de adquisiciones no puede superar los S/. 80 mil (actividades de comercio y/o industria) o los S/. 40 mil (servicios y/u oficios).
DOCUMENTOS
Cada año, los contribuyentes deberán incorporarse al nuevo RUS con el pago de la cuota correspondiente. Los comprobantes de pago que podrá emitir mediante este sistema son las boletas de venta. Antes deberá solicitar autorización presentando el formulario N° 816 (autorización de impresión a través de Sunat), a través de cualquier imprenta autorizada y conectada al sistema de operaciones en línea.
También podrá emitir tickets o cintas de máquina registradoras, siempre y cuando no se utilicen para ejercer el derecho a crédito fiscal ni para sustentar gastos o costos con efectos tributarios.
En este régimen no hay obligación de llevar libros contables, pero los comprobantes de pago que sustentan el crédito deducible deben estar organizados. Se debe considerar que si se tiene trabajadores dependientes, deberá llevar un libro de planillas de sueldos y salarios.
VENTAJAS
Ubicará a su empresa en una categoría tributaria de acuerdo con su realidad económica.
No hay obligación de llevar libros contables.
Tampoco está obligado a declarar o pagar el Impuesto a la Renta ni el IGV.
Permite realizar el pago sin formularios, a través del sistema Pago Fácil, en las agencias del Banco de la Nación, Wiese e Interbank.
OTROS CASOS
Si usted se dedica exclusivamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas, entre otros, en un mercado, y sus ingresos en un cuatrimestre no superan los S/.14 mil, podrá acogerse a la categoría especial del nuevo RUS, en el cual no se exige presentar declaraciones ni efectuar pagos mensuales.
El contribuyente puede acogerse presentando el Formulario N° 2004 (comunicación de ubicación en la categoría especial del Nuevo Régimen Único Simplificado) en las agencias y bancos autorizados por la Sunat.
Obtenga más información en las agencias de la Sunat o en el portal de internet de esta
entidad: www.sunat.gob.pe También en la central de consultas al 0-800-12-100.









